Leopoldo Melo
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Entre 1932 y 1936 Leopoldo Melo fue ministro
del Interior del presidente Agustín Pedro
"Tuncito" Justo. Melo renegó del ideario del Partido Radical y asumió posiciones reaccionarias. Durante su ministerio persiguió y castigó con cárceles y exilios a sus ex correligionarios, abjurando del Partido por el cual fuera elegido Diputado Nacional y Senador por la provincia de Entre Ríos. Renunció como ministro cuando advirtió que el candidato elegido por Justo para sucederlo fraude mediante no era él sino su colega de gabinete Roberto Marcelino Ortiz. |
![]() | Leopoldo Melo y Vicente Gallo, integrantes de la fórmula antipersonalista derrotada por Yrigoyen-Beiró en las elecciones de 1928 |
La Sección Especial de la Policía Federal, creada por la dictadura de José Félix "von Pepe" Uriburu, bajo la conducción de Leopoldo "Polo" Lugones (h) perfeccionó sus métodos para obtener declaraciones: desde las sesiones húmedas con aplicación de la picana eléctrica, la inmersión del detenido colgado de los piés en tachos con excrementos (el "submarino") hasta simulacros de fusilamiento.(1) Esa abyección sustituyó a "la hora de la espada" anunciada por Lugones padre el 11 de diciembre de 1924 en el Perú en el acto en celebración del centenario de la batalla de Ayacucho.
"Lo imperdonable hubiera sido no crear la Sección Especial", fue la respuesta de Leopoldo Melo en la Cámara de Diputados al ser interpelado el 5 de septiembre de 1934 por aplicación de la tortura. Melo aseguró que las acusaciones contra esa dependencia policial "eran leyendas de la oposición".(2)
Cuando el 23 de julio de 1935 fue asesinado el senador Enzo Bordabehere en pleno recinto del Senado de la Nación, Melo, a la sazón en Santiago del Estero, envió un telegrama condenando el asesinato y exigiendo su investigación. De regreso en Buenos Aires, Justo le recordó que era uno de los candidatos a presidente y Melo se calló la boca, (3) lo cual explica el que la investigación no quiso identificar al autor intelectual del crimen.
Desde 1932 gobernaba la provincia de Santa Fe el dirigente demócrata progresista Luciano Molinas. Su administración fue la más honrada y dinámica que recuerdan los santafesinos: promovió reformas legislativas destinadas a descentralizar el poder, asegurar los derechos políticos, la vigencia del régimen municipal, la independencia del Poder Judicial y el imperio de la legislación laboral, saneó las finanzas, desarrolló un amplio plan de obras públicas, creó el Fondo Escolar y la ley de Parques y puso en marcha la reforma agraria con la subdivisión de latifundios, la implantación de impuestos al ausentismo y el aumento de la valuación de la tierra libre de mejoras. Reimplantó la Constitución de 1921, vetada en su tiempo por el gobernador Enrique M. Mosca a solicitud del presidente Hipólito Yrigoyen.
Pero, en 1935 el presidente Justo necesitaba borrar del mapa electoral al gobierno de Santa Fe. Al respecto, dice Félix Luna en Conflictos y armonías en la historia argentina (Buenos Aires, Planeta,1997):
Los
electores presidenciales demócrata progresistas de la provincia de Santa
Fe unidos a los electores radicales de otros
distritos (Capital Federal, Córdoba, Entre Ríos y Tucumán),
aun sin contar con las minorías ya existentes, aniquilaban
la continuidad de la Concordancia en la próxima renovación presidencial.
¡Una simple suma condenaba a Santa
Fe!
En los últimos
días de septiembre de 1935 entra sorpresivamente al Senado un proyecto
de ley para intervenir Santa Fe bajo
el pretexto de que allí se estaba aplicando la Constitución de 1921,
que a juicio del Ejecutivo Nacional era nula. ¡Justo
[y Melo] recuperó la memoria a los tres años de estar vigente esa
Constitución!
El
Senado aprobó sobre tablas el proyecto pese a las protestas de Lisandro
de la Torre [y de Francisco Correa]. La Cámara
de Diputados se quedó sin quorum y las sesiones ordinarias terminaron.
Entonces Justo decidió la intervención por
decreto.
Poco antes
Melo había dicho que antes de intervenir Santa Fe se cortaría la
mano, pero fue él quien redactó el decreto de intervención
y no murió manco.(4)
Y continúa Félix Luna:
Se
designó interventor al coronel [Luis César] Perlinger. Un año
y medio más tarde, a través de las elecciones más escandalosas
de esos años que abundaron en ellas el poder se entregó
a Manuel "Manucho" de Iriondo, despintado figurón
que garantizaba a Justo el triunfo de su candidato en los próximos comicios
presidenciales.
El campeonato de la infamia lo ganaba la intervención en Santa Fe porque
en ese episodio se reunieron todas las
mañas del
régimen gobernante: la duplicidad de Justo, la hipocresía que hacía
cubrir con solemnes palabras los actos más
injustificables, la frialdad en el cálculo de tiempo y oportunidad, el
desprecio por la voluntad mayoritaria y la opinión
pública. Fue el hecho más innoble, más irritante, más
condenable de la década clausurada el 4 de junio de 1943.
La
Constitución de la Provincia de Santa Fe de 1921
El
8 de julio de 1920 la Legislatura sancionó la ley N° 2003 declarando
necesaria la reforma de la Constitución vigente, disponiendo que la reforma
comprendería el preámbulo y casi todo el articulado de aquélla.
La Convención se instalaría en la ciudad de Santa Fe y tendría
90 días de mandato. El 31 de octubre de 1920 fueron electos 60 convencionales:
36 radicales y 24 demócrata progresistas. Esta Convención y la nueva
Constitución dictada plantearon a la provincia problemas políticos
y legales que repercutieron hasta 1935.
Las reformas introducidas fueron:
supresión del preámbulo, eliminación de la religión
católica como religión del estado, prohibición de las loterías
y juegos de azar, sanción de la inamovilidad de los empleados públicos
y regulación de los actos de las intervenciones.
Estableció
un capítulo sobre el régimen económico y del trabajo y, con
respecto al régimen electoral, ordenó que los senadores fueran electos
a pluralidad de sufragios a razón de uno por cada Departamento salvo la
Capital que elegiría dos y Rosario tres.
Determinó que el
estado"propenderá a mejorar las condiciones de vida y de asistencia
social, fomentará y protegerá la producción, la cooperación,
la mutualidad y el ahorro, fijará la jornada máxima y el salario
mínimo, destinará una parte de la renta fiscal para la construcción
de casas para obreros, reglamentará el trabajo de los menores y las mujeres,
establecerá cámaras de arbitraje para los conflictos del trabajo"
y establecía el descanso hebdomadario.
Suprimió para el Poder
Ejecutivo (gobernador y vicegobernador) el requisito de pertenecer a la religión
católica en cuanto al juramento para la asunción de los cargos,
el que fue reemplazado por la promesa de cumplir con la Constitución y
las leyes.
Creó la Corte Suprema y estableció el Jury
de enjuiciamiento para las Cámaras de Apelaciones y los jueces.
Establecía
la inamovilidad de los jueces y jerarquizaba el régimen municipal dividiendo
a los municipios en tres categorías en base al número de sus habitantes,
dándoles a los de la primera categoría (las de más de 25.000
habitantes) la posibilidad de dictarse sus propias Cartas Orgánicas, y
los ciudadanos tendrían los derechos de iniciativa, referéndum y
revocatoria.
Disponía que la provincia adquiriría tierras
para venderlas en lotes no mayores de 50 hectáreas, gravando el latifundio
y el ausentismo para obtener los recursos necesarios.
Declaró a
la educación gratuita, integral y laica, disponiendo que se destinaría
no menos.del 25% de las rentas provinciales al Fondo Escolar.
El
27 de agosto de 1921 el Poder Ejecutivo Provincial dictó un decreto desconociendo
la nueva Constitución argumentando que la Convención Reformadora
había prorrogado sus sesiones sin tener autoridad para hacerlo. Era ésta
la misma tesis que había sostenido la Legislatura Provincial pues ella,
al convocarla, le había fijado 90 días de plazo y entendía
que la Convención no podía decidir por sí su extensión.
En
realidad, este argumento formal encubría un problema político que radicaba en
la condición atea de la Constitución, ya que ella desató inmediatas reacciones
de los sectores católicos que sostuvieron que era imposible que una Constitución
Provincial contrariara lo sostenido por la Nacional en el tema de la religión
oficial. En el seno del mismo Partido Radical anidaba también la oposición a la
Constitución sancionada, rechazo que se vería confirmado cuando en 1935 el radicalismo
adopta una postura decididamente opositora a la vigencia de la Constitución de
1921 y solicita al Poder Ejecutivo Nacional que intervenga la provincia de Santa
Fe.
Notas
(1) Años
después se incorporó a la Sección Especial el ex boxeador
Alberto Lovell, que usaba de "punching ball" a las mujeres detenidas
(Elena Valero Narváez, El crepúsculo argentino después
de un siglo de fama, Buenos Aires, Lumiere, 2006). Con Cipriano Lombilla,
José Francisco Amoresano y los hermanos Juan Carlos y Luis Amadeo Cardoso,
la Sección Especial alcanzó el máximo de sadismo y sevicia.
(2) De Titto, Ricardo. Los hechos que cambiaron la historia argentina
en el siglo XX, Buenos Aires, El Ateneo, 2004.
(3) Entrevista a Ricardo
Molinas publicada en el semanario "Hoy", N° 1132.
(4) Ibidem.
Carlos
A. Manus
Septiembre
2006
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A. Manus
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